Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 474 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Hidalgo

Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Las resoluciones que se dicten en el juicio hipotecario contenido en este Capítulo, y en contra de las cuales proceda el recurso de apelación, éste solo será admitido en efecto devolutivo.

(REFORMADO, P.O. 3 DE JULIO DEL 2000) (F. DE E., P.O. 10 DE JULIO DE 2000)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 474 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Hidalgo?

Las resoluciones que se dicten en el juicio hipotecario contenido en este Capítulo, y en contra de las cuales proceda el recurso de apelación, éste solo será admitido en efecto devolutivo. (REFORMADO, P.O. 3 DE JULIO…

¿Está vigente el artículo 474?

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