Artículo 746 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Hidalgo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los acreedores listados en el estado del deudor o que presentaren sus documentos justificativos tienen derecho de nombrar interventor que vigile los actos de los síndicos, pudiendo hacer al Juez las observaciones que estimen pertinentes y a la junta de acreedores en su oportunidad.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.