Código Civil estatal

Artículo 718 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Hidalgo

Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Hidalgo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 718.- Cuando la demanda se dirija contra un Juez conciliador, cualquiera que sea su cuantía, conocerá de ella el Juez de Primera Instancia a que aquel corresponda. Contra la sentencia que éste pronuncie procederá apelación en ambos efectos por ante el Tribunal Superior, si el juicio por su cuantía fuere apelable.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 718 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Hidalgo?

Cuando la demanda se dirija contra un Juez conciliador, cualquiera que sea su cuantía, conocerá de ella el Juez de Primera Instancia a que aquel corresponda. Contra la sentencia que éste pronuncie procederá apelación en…

¿Está vigente el artículo 718?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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