Artículo 286 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 286. Admitida la solicitud el Juez mandará citar en la forma legal al acreedor para que dentro de tres días se presente a manifestar si acepta la consignación o insiste en el depósito judicial de lo consignado. Al citársele se le entregará copia de la solicitud y de los documentos que a ella se adjunten.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.