Artículo 326 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 326. El Juez resolverá de plano si es de denunciarse o no el pleito al obligado a la evicción. Esta resolución será apelable en ambos efectos, si lo fuere la definitiva del juicio.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.