Artículo 504 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 504. La prueba testimonial no es admisible cuando el hecho que se trate de probar deba constar en instrumento público.
Capítulo X De las presunciones
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.