Artículo 515 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 515. Para acreditar hechos o circunstancias que tengan relación con el negocio que se ventila pueden las partes presentar fotografías, o copias fotostáticas.
Quedan comprendidas dentro del término fotografías, las cintas cinematográficas y cualesquiera otras producciones fotográficas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.