Artículo 552 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 552. Las presunciones legales que admitan prueba en contrario harán prueba plena también, si no se encuentran contradichas con otras pruebas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.