Artículo 594 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 594. Las resoluciones judiciales dictadas con el carácter de provisionales pueden modificarse en sentencia interlocutoria o en la definitiva.
Las resoluciones judiciales firmes dictadas en negocios de alimentos, ejercicio y suspensión de la patria potestad, interdicción, jurisdicción voluntaria y las demás que prevengan las leyes, pueden alterarse y modificarse cuando cambien las circunstancias que afectan el ejercicio de la acción que se dedujo en el juicio correspondiente.
Título Sexto De los juicios sumarios Capítulo I Reglas generales Página 77 de 161 Artículo 595. Se tramitarán sumariamente:
I. Los juicios que versen sobre cualquier cuestión relativa a los contratos de arrendamiento o alquiler, depósito, comodato, transporte y hospedaje, siempre que consten por escrito;
II. Los juicios que tengan por objeto la elevación de minuta a instrumento público y la formalización de un contrato cuando su existencia consta por escrito firmado por los otorgantes;
III. El cobro judicial de honorarios debidos a peritos, notarios, profesionistas y demás personas que ejerzan una profesión mediante título o autorización expedidos por autoridad competente;
IV. La división de cosa común y de las diferencias que entre los copropietarios surgieren en la administración, disfrute y en todo lo relativo a la cosa común;
V. Los juicios que se funden en títulos ejecutivos;
VI. Los interdictos;
VII. La acción rescisoria de enajenaciones pactadas bajo condición resolutoria o con cláusula de reserva del dominio;
VIII. La acción para declarar extinguidas las obligaciones, por pago, prescripción o por cualquiera otra causa legal;
IX. Las acciones relativas a servidumbres legales o que consten en instrumentos públicos;
X. Las acciones que se basen en un título hipotecario; y, XI. Las demás cuestiones que determine la ley.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.