Artículo 724 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 724. Todo lo que en este título se dispone respecto de la ejecución de las sentencias, comprende las transacciones extrajudiciales que consten en escritura pública y los convenios celebrados en juicio.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.