Artículo 959 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 959. Son apelables en el efecto devolutivo los autos dictados durante la tramitación del concurso.
Capítulo II De la rectificación y graduación de créditos
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.