Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 1001 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo

Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El representante del Fisco y el Ministerio Público son parte en los juicios hereditarios. El primero cesará de intervenir tan luego como esté cubierto el interés del Fisco, y el segundo intervendrá mientras hubiere herederos ausentes, a los que representará durante su ausencia, mientras se apersonan en el juicio.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1001 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo?

El representante del Fisco y el Ministerio Público son parte en los juicios hereditarios. El primero cesará de intervenir tan luego como esté cubierto el interés del Fisco, y el segundo intervendrá mientras hubiere…

¿Está vigente el artículo 1001?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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