Artículo 1004 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El albacea manifestará si acepta dentro de tres días de hacérsele saber el nombramiento. Si acepta y entra en la administración, le prevendrá el Juez que dentro de tres meses debe de garantizar su manejo con sujeción a lo dispuesto en los artículos 874 y 875 del Código Civil, salvo que todos los interesados le hayan dispensado de esa obligación. Si no garantiza su manejo dentro del término señalado, se le removerá de plano.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.