Artículo 102 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Cuando fueren varias las partes y el término común, se contará desde el día siguiente a aquél en el que todas hayan quedado notificadas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.