Artículo 341 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Al decretar y practicar las diligencias a que se refiere el artículo anterior, los tribunales se ajustarán en lo aplicable a las formalidades prescritas para las pruebas en el presente título.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.