Artículo 351 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los litigantes pueden pedir que el negocio se reciba a prueba, después de la contestación de la demanda, o de la que diere el actor al escrito en que se opusiere la compensación o reconvención.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.