Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 414 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo

Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Si las respuestas fueren evasivas, el Juez apercibirá igualmente al que declara, de tenerlo por confeso sobre los hechos propios que contengan las posiciones a que no se diere contestación categórica y terminante. Si a pesar de ese apercibimiento, sus respuestas siguieren siendo evasivas, se le tendrá por confeso.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 414 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo?

Si las respuestas fueren evasivas, el Juez apercibirá igualmente al que declara, de tenerlo por confeso sobre los hechos propios que contengan las posiciones a que no se diere contestación categórica y terminante. Si a…

¿Está vigente el artículo 414?

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