Artículo 429 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En el caso del artículo anterior, se entenderá por apostillar, el elemento descrito en la Convención por la que se suprime el requisito de legalización de los documentos extranjeros.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.