Artículo 484 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Todos los que tengan conocimiento del hecho o de los hechos que las partes deban probar, están obligados a declarar como testigos, si aquéllos lo pidieren.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.