Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 489 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo

Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Presentes los testigos, serán examinados en presencia de las partes que concurrieren, bajo la advertencia qué hará el Juez de que la ley castiga con severidad la falsedad en declaraciones judiciales, en la debida forma y con sujeción a los interrogatorios de las partes. Interrogará el promovente de la prueba y a continuación los demás litigantes.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 489 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo?

Presentes los testigos, serán examinados en presencia de las partes que concurrieren, bajo la advertencia qué hará el Juez de que la ley castiga con severidad la falsedad en declaraciones judiciales, en la debida forma…

¿Está vigente el artículo 489?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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