Artículo 564 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La petición de tachas se hará saber desde luego al colitigante, ya para que use de igual derecho, ya para que asista al examen de los testigos que se presentaren para probarla.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.