Artículo 705 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El Pleno del Supremo Tribunal conocerá de dichas demandas en primera y única instancia, cuando se entablen contra los magistrados.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.