Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 837 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo

Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Si el precio consignado fuere notoriamente inferior al importe de lo sentenciado y de las costas causadas en el juicio, se hará entrega de él al actor el mismo día en que la consignación se haya verificado.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 837 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo?

Si el precio consignado fuere notoriamente inferior al importe de lo sentenciado y de las costas causadas en el juicio, se hará entrega de él al actor el mismo día en que la consignación se haya verificado.

¿Está vigente el artículo 837?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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