Artículo 884 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Si el embargo se practica en bienes muebles, el tercero deberá justificar que los posee a título de dominio con las facultades correspondientes o con los documentos y demás pruebas permitidas por el derecho.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.