Artículo 918 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La apelación de las sentencias que se pronuncien en las tercerías coadyuvantes o excluyentes, se regirá por las disposiciones aplicables al juicio principal, teniéndose en cuenta, para la admisión del recurso; el interés que verse en la tercería.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.