Artículo 930 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Presentado el documento con la cláusula compromisoria por cualquiera de los interesados, citará el Juez a una junta dentro del tercer día para que se presenten a elegir árbitros apercibiéndolos de que, en caso de no hacerlo, lo hará en su rebeldía.
Reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado El 29 de Mayo de 2009 Página 124 de 161
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.