Artículo 982 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El síndico deberá presentar dentro de los diez primeros días del mes, en cuaderno por separado, un estado de la administración, previo depósito en el establecimiento respectivo, del dinero que hubiere percibido. Esas cuentas estarán a disposición de los interesados hasta el final del mes, dentro de cuyo término podrán ser objetadas. Las objeciones se substanciarán en forma de incidente.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.