Artículo 600 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nayarit
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nayarit · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El Juez pondrá a disposición del partidor los autos, y bajo inventario los papeles y documentos relativos al caudal, para que proceda a la partición, señalándole un término que nunca excederá de veinticinco días para que presente el proyecto partitorio, bajo el apercibimiento de perder el derecho de cobrar los honorarios que pudiera devengar y ser separado de plano de su encargo
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.