Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 619 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nayarit

Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nayarit · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Siempre que haya oposición, en el momento en que surgiere, el notario suspenderá su intervención hasta que sea resuelta.

LIBRO QUINTO INCIDENTES Y RECURSOS TITULO PRIMERO INCIDENTES (REFORMADO, P.O. 9 DE DICIEMBRE DE 2000)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 619 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nayarit?

Siempre que haya oposición, en el momento en que surgiere, el notario suspenderá su intervención hasta que sea resuelta. LIBRO QUINTO INCIDENTES Y RECURSOS TITULO PRIMERO INCIDENTES (REFORMADO, P.O. 9 DE DICIEMBRE DE…

¿Está vigente el artículo 619?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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