Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 626 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nayarit

Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nayarit · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

No procede la excepción de conexidad:

I.- Cuando los juicios están en diversas instancias;

II.- Cuando se trata de juicios especiales; y III.- Cuando los juzgados que conozcan respectivamente de los juicios pertenezcan a tribunales de alzada diferentes.

SECCION CUARTA FALTA DE PERSONALIDAD

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 626 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nayarit?

No procede la excepción de conexidad: I.- Cuando los juicios están en diversas instancias; II.- Cuando se trata de juicios especiales; y III.- Cuando los juzgados que conozcan respectivamente de los juicios pertenezcan…

¿Está vigente el artículo 626?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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