Artículo 85 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nayarit
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nayarit · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los términos que por disposición expresa de la Ley o por la naturaleza del caso no son individuales, se tienen por comunes para las partes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.