Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 182 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Oaxaca

Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Si en la sentencia se declara que procede la recusación, volverán los autos al juzgado de su origen con testimonio de dicha sentencia, para que éste, a su vez, lo remita al juez que corresponda. En el Tribunal queda el magistrado recusado separado del conocimiento del negocio y se llamará al que deba substituirlo.

Si se declara no ser bastante la causa, se devolverán los autos con testimonio de la resolución al juzgado de su origen para que continúe el procedimiento. Si el funcionario recusado fuese un magistrado, continuará conociendo del negocio como antes de la recusación.

(REFORMADO, P.O. 20 DE ABRIL DE 2001)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 182 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Oaxaca a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 182 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Oaxaca?

Si en la sentencia se declara que procede la recusación, volverán los autos al juzgado de su origen con testimonio de dicha sentencia, para que éste, a su vez, lo remita al juez que corresponda. En el Tribunal queda el…

¿Está vigente el artículo 182?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.