Artículo 486 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Oaxaca
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Para la ejecución del desahucio, se tiene como domicilio legal del ejecutado, la finca o departamento de cuya desocupación se trata.
CAPITULO V De la vía de apremio Sección Primera De la ejecución de la sentencia (REFORMADO, P.O. 12 DE ABRIL DE 2004)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.