Artículo 701 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Oaxaca
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El recurso de queja contra los jueces sólo procede en los juicios cuya sentencia sea apelable, a no ser que se intente para calificar el grado en la denegación de apelación o en los casos de denegación de justicia.
(ADICIONADO, P.O. 1 DE SEPTIEMBRE DE 2017)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.