Artículo 735 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Oaxaca
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El síndico es el administrador de los bienes del concurso y con él se entenderán todos los trámites relativos a cuestiones judiciales o extrajudiciales que el concursado tuviere pendiente o que hubieren de iniciarse.
Ejecutará personalmente las funciones del cargo, a menos que tuviere que desempeñarlas fuera del asiento del juzgado, caso en el cual podrá valerse de mandatario.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.