Artículo 762 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Oaxaca
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La cuarta sección se llamará de partición y contendrá:
I. El proyecto de distribución provisional de los productos de los bienes hereditarios;
II. El proyecto de partición de los bienes;
III. Los incidentes que se promuevan respecto a los proyectos a que se refieren las fracciones anteriores;
IV. Los arreglos relativos;
V. Las resoluciones sobre los proyectos mencionados;
VI. Lo relativo a la aplicación de los bienes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.