Artículo 905 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Oaxaca
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los tutores y curadores no pueden ser removidos ni excusarse por actos de jurisdicción voluntaria.
CAPITULO III De la enajenación de bienes de menores o de incapacitados y transacción acerca de sus derechos
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.