Artículo 137 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Oaxaca
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Oaxaca · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 137.- Ningún juez puede sostener competencia con su superior, pero sí con otro tribunal que, aunque sea superior en su clase, no ejerza jurisdicción sobre él.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.