Código Civil estatal

Artículo 111 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de San Luis Potosí

Código de Procedimientos Civiles para el Estado de San Luis Potosí · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ART. 111.- La primera notificación se hará personalmente al interesado o a su representante o procurador en la casa designada; y no encontrándolo el notificador, cerciorado de que allí vive, le dejará cédula en el que hará constar la fecha y hora en que lo entregue, el nombre y apellido del promovente, el juez o tribunal que mande practicar la diligencia, la determinación que se mande notificar y el nombre y apellido de la persona a quien se entregue, recogiéndole la firma en la copia de la cédula o asentar la causa por la cual el interesado se niegue a firmar.

Tratándose de la primera notificación al actor, o de aquellas distintas al emplazamiento; tratándose del demandado, tutores, curadores, apoderados o mandatarios en un procedimiento judicial, peritos, o el llamado a juicio de terceros, en caso de que el inmueble designado se encuentre cerrado o la persona con quien se entiende la diligencia se niegue a recibir la notificación, el funcionario que practique la diligencia, fijará la cédula en la puerta principal del inmueble, de todo lo cual asentará razón en autos.

(REFORMADO [N. DE E. ESTE PÁRRAFO], P.O. 12 DE JULIO DE 2018)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 111 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de San Luis Potosí?

ART. 111.- La primera notificación se hará personalmente al interesado o a su representante o procurador en la casa designada; y no encontrándolo el notificador, cerciorado de que allí vive, le dejará cédula en el que…

¿Está vigente el artículo 111?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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