Artículo 26 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de San Luis Potosí
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de San Luis Potosí · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ART. 26.- El enriquecimiento sin causa, de una parte con detrimento de otra, da acción al perjudicado para pedir la indemnización en la medida en que aquélla se enriqueció.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.