Artículo 191 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Sinaloa
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Sinaloa · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las recusaciones de los secretarios, se substanciarán ante los funcionarios con quienes actúen, resolviendo de plano.
TITULO V.
Actos Prejudiciales.
CAPITULO I.
Medios Preparatorios del Juicio en General.
(REFORMADA, P.O. 3 DE MAYO DE 1989)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.