Artículo 311 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Sinaloa
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Sinaloa · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El tribunal puede libremente, interrogar a las partes sobre los hechos y circunstancias que sean conducentes a la averiguación de la verdad.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.