Artículo 396 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Sinaloa
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Sinaloa · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La confesión judicial expresa que afecte a toda la demanda, engendra el efecto de obligar al juez a otorgar al deudor en la sentencia un plazo de gracia hasta por noventa días después de efectuado el secuestro y a reducir las costas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.