Artículo 485 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Sinaloa
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Sinaloa · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Para la ejecución del desahucio se tiene como domicilio legal del ejecutado, la finca o departamento de cuya desocupación se trata.
(ADICIONADO CON LOS ARTICULOS QUE LO INTEGRAN, P.O. 20 DE AGOSTO DE 2004)
CAPITULO V.
Del Juicio especial de pérdida de Patria Potestad.
(ADICIONADO, P.O. 20 DE AGOSTO DE 2004)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.