Artículo 365 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Sinaloa
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Sinaloa · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 365. No es admisible la prueba testimonial para tachar a los testigos que hayan declarado en el incidente de tachas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.