Artículo 503 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 503 Los cambios de nombre por homonimia contra persona determinada, se ventilarán en la forma que para el juicio establece este Código.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.