Artículo 329 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los documentos simples comprobados por testigos tendrán el valor que merezcan sus testimonios recibidos conforme a la ley.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.