Artículo 422 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El día del remate a la hora señalada, pasará el Juez personalmente lista de los postores presentados y concederá media hora para admitir a los que de nuevo se presenten. El ejecutante podrá participar directamente en la subasta como postor. Concluida la media hora, el Juez declarará que va a procederse al remate y ya no admitirá nuevos postores. En seguida revisará las propuestas presentadas, desechando desde luego las que no tengan la postura legal y las que no estuvieren acompañadas del billete de depósito a que se refiere el artículo 418.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.