Artículo 536 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Toda demanda de responsabilidad civil deberá acompañarse con certificación o testimonio que contenga:
I.- La sentencia, auto o resolución en que se suponga causado el agravio;
II.- Las actuaciones que, en concepto de la parte, conduzcan a demostrar la infracción de ley y que a su tiempo se entablaron los recursos o reclamaciones procedentes;
III.- La sentencia o auto firme que haya puesto término al pleito o causa.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.