Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 694 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz

Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Ante el tribunal competente se procederá, con respecto al testamento público cerrado, al privado o al autógrafo, como está dispuesto para esas clases de testamentos otorgados en el país.

TITULO DECIMOSEXTO DE LA JURISDICCION VOLUNTARIA CAPITULO I Disposiciones generales (REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, G.O. 19 DE OCTUBRE DE 2000)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 694 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz?

Ante el tribunal competente se procederá, con respecto al testamento público cerrado, al privado o al autógrafo, como está dispuesto para esas clases de testamentos otorgados en el país. TITULO DECIMOSEXTO DE LA…

¿Está vigente el artículo 694?

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